Certificado energético

Certificado energético, ¿es obligatorio?

 

El Certificado Energético es un documento que describe lo eficaz que es una vivienda en cuanto al consumo de energía.

¿Es obligatorio el certificado energético?

Desde 1 de Junio 2013 el certificado energético es obligatorio para todos los inmuebles construidos antes de 2007 destinadas a la venta o al alquiler de contar con un certificado de eficiencia energética. Es otorgado por técnicos habilitados, arquitectos, arquitectos técnicos, ingenieros e ingenieros técnicos.

Los técnicos supervisan aquellos elementos que más afectan a la eficiencia: todos los que tienen que ver con la energía, calefacción, agua caliente sanitaria, iluminación, aire acondicionado, tipo de cocina, además de los elementos ‘envolventes’, como ventanas, puertas, chimeneas, muros, tejados, suelo, paredes, forjados. Con esta información junto con la información proporcionada por el propietario de la casa como el registro catastral, el Técnico Certificador Homologado puede emitir el Certificado de Eficiencia Energética.

No obstante, no será obligatorio tener una calificación mínima para poder vender o alquiler el inmueble.

El certificado energético es una etiqueta similar a la que se utiliza en los electrodomésticos, con un código de color y una letra que va de la «A» (la más eficiente) a la «G» (la menos eficiente) en función de las emisiones de carbono por metros cuadrados de vivienda.

Además del estudio para obtener el certificado energético, cada vivienda analizada recibirá una serie de recomendaciones de mejora que permitirán aumentar al menos un nivel en la escala de eficiencia energética si la calificación es B o C, o dos cuando la vivienda originalmente cuenta con una calificación D, E, F o G.

Si su posible inquilino o comprador de la vivienda duda entre dos pisos similares, seguramente se decidan por la vivienda que tenga menor gasto de energía, lo que le supondrá un ahorro de costes a futuro.

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