Directiva europea sobre la eficiencia energética en edificios

Directiva europea sobre la eficiencia energética en edificios

Fomento de la eficiencia energética en edificios

 

El sector de la edificación supone un ámbito muy importante en el consumo de energía, y presenta un potencial de mejora de la Eficiencia energética en edificios muy considerable. Representa el 26,1% del consumo de energía final nacional para usos energéticos siendo de los sectores que más consumen después del transporte y la industria. En este sentido, el desarrollo de la eficiencia energética en edificios tiene un largo recorrido y va a permitir que se generen ahorros económicos, generación de empleo y beneficios ambientales importantes, especialmente en la reducción de emisiones de CO2.

A través del documento  “las aplicaciones de las políticas de eficiencia energética en edificios” del año 2009 muestra las preocupaciones sobre la seguridad energética, el cambio climático y el aumento de los costos de energía hacen que sea imperativo para todos los países mejorar de forma significativa su eficiencia energética en edificios. Para ayudarles a hacerlo, la Agencia Internacional de la Energía ha propuesto 25 recomendaciones de eficiencia energética en edificios. Estas recomendaciones pueden reducir las emisiones globales de CO2 en 8,2 giga toneladas al año en 2030.

La presente Directiva establece un marco común de medidas para el fomento de la eficiencia energética en edificios dentro de la Unión a fin de asegurar la consecución del objetivo principal de eficiencia energética de un 20 % de ahorro para 2020 y para así preparar el camino para mejoras posteriores.

Artículo 1 – Objeto

La presente Directiva establece un marco común de medidas para el fomento de la eficiencia energética en edificios dentro de la Unión a fin de asegurar la consecución del objetivo principal de eficiencia energética de la Unión de un 20 % de ahorro para 2020 y con objeto de preparar el camino para mejoras ulteriores de eficiencia energética más allá de esa fecha. En ella se establecen normas destinadas a eliminar barreras en el mercado de la energía.

Artículo 2 – Definiciones

Se destacan entre las 40 definiciones tres de ellas:

(2 ter) «eficiencia energética», la relación entre la producción de un rendimiento, servicio, bien o energía, y el gasto de energía;

(2 quater) «ahorro de energía», la cantidad de energía ahorrada, determinadamediante la medición y/o estimación del consumo antes y después de la aplicaciónde una o más medidas de mejora de la eficiencia energética en edificios,

«reforma sustancial», una reforma cuyo coste supere el 50 % del coste de inversión que correspondería a una unidad nueva comparable.

Artículo 3 – Objetivos de eficiencia energética

Cada estado miembro fijará  un  objetivo nacional de eficiencia energética en edificios indicativo, basado ya sea en el consumo de energía primaria o final, en el ahorro de energía primaria o final, o en la intensidad energética. Cuando un Estado miembro notifique estos objetivos a la Comisión de conformidad con lo dispuesto en el artículo 19, apartado 1, y en el anexo XIV, parte 1.f), los expresará asimismo en términos de nivel absoluto de consumo de energía primaria y consumo de energía final en 2020 y explicará el modo y los datos en que se ha basado para efectuar este cálculo.

Artículo 4  – Función ejemplarizante de los edificios  de los organismos públicos

Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 7 de la Directiva 2010/31/UE, los Estados miembros se asegurarán de que, a partir del 1 de enero de 2014, el 3 % de la superficie edificada total de los edificios con calefacción y/o sistema de refrigeración que tenga en propiedad  y ocupe su Administración central  se renueve cada año de manera que cumpla al menos los requisitos de rendimiento energético mínimos fijados por dichos Estados en aplicación del artículo 4 de dicha Directiva.

Este porcentaje del 3 % se calculará sobre la superficie edificada total de los edificios con una superficie edificada útil total de más de 500 m2 y, a partir del 9 de julio de 2015, de más de 250 m2  que tenga en propiedad y ocupe la Administración central  del Estado miembro correspondiente, que el 1 de enero de cada año, no cumpla los requisitos nacionales de rendimiento energético mínimo establecidos en aplicación del artículo 4 de la Directiva 2010/31/UE.

Artículo 5 – Adquisición por los organismos públicos

Los Estados miembros garantizarán que  las administraciones centrales adquieran solamente productos, servicios y edificios que tengan un alto rendimiento energético, en la medida en que ello sea coherente con la rentabilidad, la viabilidad económica, sostenibilidad en un sentido más amplio, la idoneidad técnica, así como una competencia suficiente,  según lo indicado en el anexo III.  Esta obligación será aplicable a los contratos para la compra de productos, servicios y edificios por parte de organismos públicos, siempre que estos contratos sean de un valor igual o superior a los umbrales fijados en el artículo 7 de la Directiva 2004/18/CE, en su versión modificada.

Artículo 6 – Sistemas de obligaciones de eficiencia energética 

Cada Estado miembro establecerá un régimen de obligación de eficiencia energética en edificios. Dicho régimen velará por que los distribuidores de energía obligados y/o las empresas minoristas de venta de energía obligadas que operen en el territorio de cada Estado miembro alcancen un objetivo de ahorro de energía acumulado, a nivel de usuario final, antes del 31 de diciembre de 2020, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 1 bis.Dicho objetivo será al menos equivalente a la consecución de un nuevo ahorro cada año, desde el 1 de enero de 2014 hasta el 31 de diciembre de 2020, del 1,5 % de las ventas anuales de energía a clientes finales.

Artículo 7 – Auditorías energéticas y sistemas de gestión energética

Los Estados miembros fomentarán que todos los clientes finales pueden acceder a auditorías energéticas  de elevada calidad, con una buena relación entre coste y eficacia

Artículo 8 – Contadores

Siempre que sea técnicamente posible, financieramente razonable y proporcionado en relación con el ahorro potencial de energía, los Estados miembros velarán por que los clientes finales de electricidad, gas natural, calefacción urbana, refrigeración urbana y agua caliente sanitaria reciban contadores individuales a un precio competitivo, que Documento del Grupo de Trabajo de Conama 2012: GT 11: Eficiencia energética en edificios.Implicaciones de la nueva Directiva Europea www.conama2012.org reflejen exactamente el consumo real de energía del cliente final y que proporcionen información sobre el tiempo real de uso.Conviene destacar la utilización de contadores individuales o de sistemas de medida que hacia la anterior directiva.

La utilización de  contadores individuales o de sistemas de imputación de costes de calefacción para la medición del consumo individual en edificios de pisos con suministro de calefacción urbana o calefacción central común resulta beneficiosa cuando los clientes finales cuentan con medios de control de su propio consumo individual. Por consiguiente, su aplicación sólo se justifica en edificios en los que los radiadores estén provistos de válvulas de radiador termostáticas.

En la nueva directiva queda la redacción como sigue: «En los edificios de apartamentos y polivalentes con una fuente central de calefacción/refrigeración o abastecidos a partir de una red de calefacción urbana o de una fuente central que abastezca varios edificios, se instalarán también contadores de consumo individuales antes del 1 de enero de 2017 que midan el consumo de calor o refrigeración o agua caliente de cada unidad, siempre que sea técnicamente viable y rentable.

Cuando el uso de contadores de consumo individuales no sea técnicamente factible o no  sea rentable, para medir la calefacción, se utilizarán calorímetros para medir el consumo de calor de cada radiador,  a menos que el Estado miembro  interesado demuestre que la instalación de dichos calorímetros no sería rentable. En esos casos, podrán estudiarse métodos alternativos de medición del consumo de calor que sean rentables.»

Artículo 9 – Sanciones

Los Estados miembros determinarán el régimen de sanciones aplicable en caso de incumplimiento de las disposiciones nacionales adoptadas en virtud de los artículos 6 a 8 ter y del artículo 14, apartado 3,  y adoptarán las medidas necesarias para garantizar su aplicación. Las sanciones previstas deberán ser eficaces, proporcionadas y disuasivas. Los Estados miembros comunicarán dichas disposiciones a la Comisión a más tardar el…*y le notificarán sin demora cualquier modificación de las mismas.

Artículo 10 – Promoción de la eficiencia en la calefacción y la refrigeración

A más tardar el 31 diciembre 2015, los Estados miembros llevarán a cabo y comunicarán a la Comisión una evaluación completa del potencial de aplicación de la cogeneración de alta eficiencia y de los sistemas urbanos de calefacción y refrigeración eficientes, que contendrá la información indicada en el anexo VII. Si ya han efectuado una evaluación equivalente, lo notificarán a la Comisión. La evaluación completa tendrá plenamente en cuenta los análisis de los potenciales nacionales para la cogeneración de alta eficiencia llevados a cabo en virtud de la Directiva 2004/8/CE.

Artículo 13 – Disponibilidad de sistemas de cualificación, acreditación y certificación

Cuando un Estado miembro considere que el nivel de competencia técnica, objetividad y fiabilidad  es insuficiente,  velará porque, a más tardar el  1 de  enero de 2015, se disponga o se tomen medidas para que se disponga de regímenes de certificación o acreditación o regímenes de cualificación equivalentes, incluidos, si fuera necesario, regímenes de formación adecuados, para los proveedores de servicios energéticos, auditorías energéticas, gestores energéticos e instaladores de elementos de edificios relacionados con la energía, tal como se definen en el artículo 2, apartado 9, de la Directiva 2010/31/UE.

Artículo 14 – Servicios energéticos

Los Estados miembros fomentarán el mercado de los servicios energéticos y facilitarán el acceso a este de las pequeñas y medianas empresas: Difundiendo información clara y fácilmente accesible sobre – los contratos de servicios energéticos disponibles y las cláusulas que deben incluirse en tales contratos a fin de garantizar el ahorro energético y el respeto de los derechos de los clientes finales; – los instrumentos financieros, los incentivos, las subvenciones y los préstamos en apoyo de los proyectos de servicios de eficiencia energética en edificios; d) alentando la creación de etiquetas de calidad, por ejemplo por parte de asociaciones comerciales;

Artículo 15 – Otras medidas de fomento de la eficiencia energética en edificios

Los Estados miembros evaluarán y tomarán en su caso las medidas adecuadas parasuprimir barreras reglamentarias y no reglamentarias que se opongan a la eficiencia energética en edificios, sin perjuicio de los principios básicos de la legislación sobre inmuebles y arrendamientos de los Estados miembros, especialmente en lo que se refiere a:

a) la división de incentivos entre el propietario y el arrendatario de un edificio o entre los  distintos propietarios, con miras a asegurar que estas partes no desistan de hacer inversiones en mejora de la eficiencia por no recibir beneficios plenos individualmente o por la ausencia de normas para dividir los costes y beneficios entre ellos, con inclusión de normas y medidas nacionales que regulen los procesos de decisión en los bienes de multipropiedad;

b) las disposiciones legales y reglamentarias y las prácticas administrativas relativas a la contratación y a la presupuestación y contabilidad anuales del sector público, con miras a garantizar que los organismos públicos no desistan de hacer inversiones  que mejoren la eficiencia energética en edificios ni de utilizar los contratos de rendimiento energético u otros mecanismos de financiación por terceros mediante contratos de larga duración.

Estas medidas de supresión de barreras pueden incluir proporcionar incentivos, derogar o modificar disposiciones legales o reglamentarias, adoptar orientaciones y comunicaciones interpretativas o simplificar los procedimientos administrativos. Estas medidas pueden combinarse con la impartición de formación y educación, y con información y asistencia técnica específicas sobre programas de eficiencia energética.

Ver: Rehabilitación Energética

La arquitectura de fachada se trata esencialmente de la apariencia externa y el diseño de la estructura del edificio. Va más allá de la pura estética y abarca una relación simbiótica entre forma, función y prácticas sostenibles. La fachada sirve como interfaz entre los espacios interiores y el entorno exterior, determinando así la identidad del edificio, su eficiencia energética y su atractivo general.

Cuando piensas en las complejidades de la arquitectura de fachadas, te encuentras con una interacción cautivadora de materiales, texturas y disposiciones espaciales. La fascinación de la arquitectura de fachadas radica en su capacidad de combinar principios de diseño atemporales con avances tecnológicos contemporáneos. El resultado son edificios que combinan estímulos visuales con innovaciones prácticas.

Además, el desarrollo de la arquitectura de fachadas ha ayudado a redefinir la experiencia espacial y el impacto ambiental de los edificios. Al incorporar técnicas de vanguardia, como estrategias de diseño pasivo y materiales energéticamente eficientes, los arquitectos y planificadores pueden diseñar fachadas que reduzcan el consumo de energía y al mismo tiempo promuevan una convivencia armoniosa con su entorno.

En el ámbito de la arquitectura de fachadas, la búsqueda de la sostenibilidad y la funcionalidad siempre está en primer plano. La definición de las facetas de la arquitectura de fachada representa una mezcla dinámica de arte, tecnología y conciencia ambiental y es un testimonio de la notable fusión de innovación y tradición en el paisaje arquitectónico.

Elementos esenciales de la arquitectura de fachadas

La arquitectura de fachada es una combinación de arte, ciencia y funcionalidad que juega un papel crucial en la estética general y el rendimiento de la fachada exterior de un edificio. Comprender los elementos clave de la arquitectura de fachadas es crucial para crear diseños que combinen perfectamente forma y función, garantizando que una estructura destaque y cumpla con los requisitos prácticos.

1. Materiales: La elección de los materiales es fundamental para el carácter de la fachada de un edificio. Desde los ladrillos tradicionales hasta los modernos compuestos de vidrio y metal, los materiales utilizados influyen en el atractivo visual, la sostenibilidad y los requisitos de mantenimiento de la fachada.

2. Textura y patrón: la incorporación de diferentes texturas y patrones agrega profundidad e interés visual al exterior de un edificio. Mediante el uso estratégico de elementos como revestimientos, acabados o detalles arquitectónicos, una fachada puede evocar una sensación de sofisticación y singularidad.

3. Cómo funciona: Además de la estética, una fachada bien diseñada también debe tener en cuenta aspectos prácticos como la protección contra la intemperie, el aislamiento y la eficiencia energética. La integración de elementos como protección solar, ventilación o vegetación puede mejorar las prestaciones de la fachada.

4. Proporción y escala: Las proporciones y escala de una fachada determinan su impacto visual y su relación con su entorno. Equilibrar elementos como el tamaño de las ventanas, las líneas verticales y horizontales y la masa general es crucial para crear una fachada armoniosa y visualmente atractiva.

5. Sostenibilidad: A medida que el impacto sobre el medio ambiente se vuelve cada vez más importante, las consideraciones para el diseño sostenible son una parte esencial de la arquitectura de fachada moderna. Al implementar características como paneles solares, techos verdes o sistemas de sombreado inteligentes, la fachada está alineada con prácticas sostenible

Enfoques innovadores para la arquitectura de fachadas

La arquitectura de fachadas es un área dinámica en la que constantemente se utilizan nuevos conceptos, tecnologías y materiales. Los enfoques innovadores en la arquitectura de fachadas están revolucionando el proceso de diseño y construcción de edificios. Estos avances no sólo mejoran la estética de los edificios, sino que también tienen en cuenta factores importantes como la sostenibilidad, la eficiencia energética y el confort de vida.

1. Fachadas adaptativas: Uno de los desarrollos más fascinantes es la aparición de fachadas adaptativas, que responden dinámicamente a las condiciones ambientales. Estos sistemas autorreguladores optimizan la luz natural, la ganancia de calor solar y la ventilación, reduciendo así los requisitos energéticos de un edificio.

2. Diseños bioinspirados: Los diseños de fachadas inspirados en la naturaleza imitan procesos biológicos para mejorar el rendimiento de los edificios. Desde materiales autorreparantes hasta estructuras que imitan la regulación térmica eficiente de los montículos de termitas, la biomímesis está dando forma al futuro de la arquitectura de fachadas.

3. Fachadas inteligentes: La integración de sensores, actuadores y tecnologías de respuesta ha dado como resultado fachadas inteligentes. Estos sistemas inteligentes pueden ajustar la transparencia, el aislamiento y las sombras en tiempo real, contribuyendo al ahorro de energía y al confort de los ocupantes.

4. Fachadas interactivas: Las fachadas interactivas atraen a residentes y transeúntes mediante la integración de elementos como componentes cinéticos, exhibiciones interactivas e instalaciones artísticas. Estas características innovadoras crean una relación dinámica entre el edificio y su entorno, añadiendo una nueva dimensión al paisaje urbano.

5. Fachadas de energía neta cero: El concepto de fachadas de energía neta cero está adquiriendo cada vez más importancia. El objetivo es crear estructuras de edificios que generen tanta energía como la que consumen. Este enfoque incluye la perfecta integración de sistemas de energía fotovoltaica, solar térmica y eólica en el diseño de la fachada.

El futuro de la arquitectura de fachadas

Al imaginar el futuro de la arquitectura de fachadas, no se debe pasar por alto el hecho de que la tecnología desempeñará un papel crucial en la configuración de la estética y la funcionalidad de las fachadas de los edificios. Con los rápidos avances en la ciencia y la tecnología de los materiales, la arquitectura de fachadas abrirá nuevas posibilidades y alcanzará alturas inimaginables.

La integración de elementos sostenibles y energéticamente eficientes en el diseño de la fachada será el sello distintivo del futuro. La unión atemporal entre forma y función se mejorará aún más a medida que arquitectos y diseñadores aprovechen el potencial de los recursos renovables para crear edificios que no sólo sean visualmente impresionantes sino también respetuosos con el medio ambiente.

Además, se vislumbra en el horizonte la convergencia de la digitalización y la arquitectura en forma de fachadas inteligentes. Las fachadas inteligentes estarán equipadas con sistemas inteligentes que responden dinámicamente a los estímulos ambientales, optimizando el consumo energético y el confort interior. Esta integración de tecnología y diseño revolucionará la forma en que los edificios interactúan con su entorno.

Otro aspecto convincente del futuro de la arquitectura de fachadas es la creciente importancia de los diseños modulares y adaptables. A medida que los paisajes urbanos continúan evolucionando, se hace más evidente la necesidad de fachadas versátiles y flexibles que puedan adaptarse al cambio. Está surgiendo la era de los sistemas de revestimiento modulares que pueden rediseñarse fácilmente para satisfacer las necesidades cambiantes y ofrecen una adaptabilidad y durabilidad incomparables.

El futuro de la arquitectura de fachadas es prometedor. Trascenderá los límites tradicionales y redefinirá la esencia de los propios edificios. Es una era en la que la innovación, la sostenibilidad y la funcionalidad se unen para trazar un nuevo y audaz rumbo para la expresión arquitectónica.

La arquitectura de fachadas está en constante evolución, pero sigue siendo un aspecto fundamental del diseño de edificios, que abarca tanto la estética como la funcionalidad. Comprender los elementos clave de la arquitectura de fachadas y aplicar enfoques innovadores será fundamental para crear estructuras sostenibles y visualmente impresionantes que resistan el paso del tiempo. 

El futuro de la arquitectura de fachadas tiene un inmenso potencial para redefinir los paisajes urbanos mediante la incorporación de tecnologías de vanguardia y prácticas sostenibles. Con su capacidad para redefinir los paisajes urbanos y mejorar el bienestar de los residentes, la arquitectura de fachadas es un testimonio del genio puro de la innovación arquitectónica.